Qué es el Pago de Marcha

Es un apoyo por única ocasión, equivalente a un bimestre del programa, que las Pensiones del Bienestar entregan a quien acompañó y cuidó a la persona beneficiaria cuando esta fallece. Está previsto en las reglas de operación y su fuente oficial es gob.mx/bienestar (consultado el 2 de agosto de 2026).

Quién puede cobrarlo (y quién no)

Solo la persona auxiliar registrada previamente en el programa puede recibirlo. Si la persona beneficiaria nunca dio de alta a un auxiliar, el Pago de Marcha no se entrega a otros familiares. Por eso es tan importante registrar a su auxiliar a tiempo.

Cómo solicitarlo, paso a paso

  1. Reúna el acta de defunción de la persona beneficiaria.
  2. La persona auxiliar acuda al módulo de atención con su INE, CURP y el acta.
  3. Notifica el fallecimiento (esto también inicia la baja del padrón).
  4. Siga las indicaciones del personal para recibir el pago por única ocasión.

Cuánto es

Equivale a un bimestre del programa que recibía la persona: por ejemplo, para la Pensión de Adultos Mayores corresponde al monto bimestral vigente ($6,400 verificado el 2 de agosto de 2026). El módulo confirma el monto exacto de su caso.

El Pago de Marcha no es heredable ni transferible: solo lo recibe la persona auxiliar registrada, una sola vez.
Reglas de operación

Fuentes de esta guía

  • Definición oficial del Pago de Marcha: Secretaría de Bienestar — Gobierno de México. Consultado el 2 de agosto de 2026.
  • Programas de pensiones que lo otorgan: Programas para el Bienestar — Gobierno de México. Consultado el 2 de agosto de 2026.
  • Localizador de módulos para el trámite: Ubica tu módulo — Secretaría de Bienestar. Consultado el 2 de agosto de 2026.