Saltar al contenido

Sitio informativo independiente. NO es un sitio oficial del Gobierno de México.

Pensiones

Cómo asegurar la pensión de un adulto mayor en caso de fallecimiento (2026)

Por Equipo Editorial de Tarjeta Bienestar MX Actualizado: 4 min de lectura
Familia unida organizando documentos importantes sobre la mesa del comedor en un ambiente cálido

En resumen

La Pensión del Bienestar no se hereda ni se transfiere: es personal y termina con el fallecimiento. Lo que sí puedes hacer en vida para proteger a tu familia es designar una persona auxiliar, que será quien pueda solicitar el Pago de Marcha (un apoyo único). Una pensión para la viuda o los hijos existe en el IMSS/ISSSTE, no en el Bienestar.

La verdad importante: la pensión del Bienestar no se hereda

Muchas familias buscan (pasar) la pensión a un familiar al fallecer el beneficiario. Es comprensible, pero la Pensión del Bienestar es un derecho personal: cuando la persona fallece, el apoyo termina y el titular se da de baja. El saldo de la tarjeta tampoco es herencia. Por eso lo realista es preparar lo que sí aplica.

Abuelo y nieta sentados en módulo realizando el registro oficial de persona auxiliar

Lo más importante que puedes hacer en vida

  1. Designar una persona auxiliar. Es quien podrá solicitar el Pago de Marcha y dar seguimiento. Guía: cómo designar una persona auxiliar.
  2. Tener los documentos a la mano (CURP, identificación, actas), para que la familia no batalle en un momento difícil.
  3. Conocer el Pago de Marcha: monto, plazo y cómo se solicita. Guía: Pago de Marcha 2026.
Hoja de Formato Único de Bienestar firmada y lista sobre un escritorio iluminado

El Pago de Marcha: el apoyo que sí existe

Tras el fallecimiento, la persona auxiliar registrada puede recibir el Pago de Marcha: un apoyo único equivalente a un mes de pensión, que se solicita dentro de los dos bimestres siguientes. No es heredar la pensión, pero es un apoyo real para la familia.

¿Buscabas una pensión de viudez u orfandad? Ese tipo de pensión para la esposa, el esposo o los hijos existe en el IMSS o el ISSSTE (pensiones por haber cotizado), no en el programa del Bienestar. Si la persona fallecida tenía pensión del IMSS, infórmate en imss.gob.mx/pensiones.

Qué hace la familia cuando ocurre el fallecimiento

Notificar a la Secretaría del Bienestar, dar de baja al beneficiario y, si corresponde, solicitar el Pago de Marcha. Todo el proceso, paso a paso, en nuestra guía de qué pasa con la pensión si el beneficiario fallece y en cómo dar de baja.

Cuidado con fraudes: nadie puede (heredar) o (traspasar) la Pensión Bienestar por una cuota, y el banco no pide tu NIP por teléfono. Si alguien te lo ofrece, es fraude. Más en: fraudes más comunes 2026.

Qué sí puedes dejar listo y qué no aplica

Para evitar confusiones en un momento difícil, conviene tener claro desde ahora qué cosas sí están a tu alcance y cuáles, sencillamente, no forman parte del programa del Bienestar.

Qué sí puedes hacer en vidaQué no aplica
Designar una persona auxiliar de confianza ante la Secretaría del Bienestar.Heredar o traspasar la pensión a un hijo, cónyuge u otro familiar.
Reunir y guardar tu CURP, identificación y actas en un lugar conocido por la familia.Reclamar el saldo que quede en la tarjeta como si fuera herencia.
Informar a tu familia sobre el Pago de Marcha y su plazo de dos bimestres.Cobrar bimestres posteriores al fallecimiento.
Si cotizaste, dejar a la vista tus documentos del IMSS o ISSSTE para una posible pensión de viudez u orfandad.Esperar una pensión de viudez dentro del programa del Bienestar (no existe ahí).

Checklist para dejar todo en orden

  • Persona auxiliar registrada ante la Secretaría del Bienestar (lo más importante).
  • CURP e identificación oficial tuya y de tu persona auxiliar, a la mano.
  • Acta de nacimiento y, si aplica, comprobante de domicilio reciente.
  • Datos de contacto oficiales anotados: Línea Bienestar 800 639 4264 y, si cotizaste, IMSS o ISSSTE.

Para tener en cuenta: el Pago de Marcha solo se entrega si la persona auxiliar no cobró ningún apoyo posterior a la fecha de fallecimiento. Por eso es tan importante avisar a tiempo y no usar la tarjeta del titular tras el deceso.

Preguntas frecuentes

¿La Pensión del Bienestar se hereda o se pasa a un familiar?

No. Es un derecho personal que termina con el fallecimiento. No se hereda ni se transfiere, y el saldo de la tarjeta tampoco es herencia.

Entonces, ¿qué puede recibir la familia?

El Pago de Marcha: un apoyo único equivalente a un mes de pensión, que solo recibe la persona auxiliar registrada, dentro de los dos bimestres siguientes.

¿Qué es lo más importante que puedo hacer en vida?

Designar una persona auxiliar y tener tus documentos a la mano. Así tu familia podrá solicitar el Pago de Marcha sin complicaciones.

¿Existe una pensión para la viuda o los hijos?

Sí, pero en el IMSS o el ISSSTE (pensiones por cotización), no en el programa del Bienestar. Infórmate en imss.gob.mx si aplica.

¿Puedo nombrar a quien yo quiera como persona auxiliar?

Designas a una persona de confianza ante la Secretaría del Bienestar. Revisa los requisitos en nuestra guía de persona auxiliar.

¿Tiene algún costo dejar todo en orden?

No. Designar persona auxiliar y, después, solicitar el Pago de Marcha son trámites gratuitos.

Si no designé persona auxiliar, ¿se pierde el Pago de Marcha?

El Pago de Marcha se entrega a la persona auxiliar registrada; por eso es tan importante designarla en vida. Consulta tu caso en un módulo.

¿De cuánto es el Pago de Marcha?

Es un apoyo único equivalente a un mes de la pensión (alrededor de $3,200 en 2026 para Adultos Mayores). Se solicita dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento.

¿Puede mi persona auxiliar cobrar el apoyo del bimestre y además el Pago de Marcha?

No. Para recibir el Pago de Marcha, la persona auxiliar no debe haber cobrado ningún apoyo posterior a la fecha de fallecimiento. Si ya se cobró, hay que regularizarlo antes.

¿Necesito un notario o un abogado para dejar designada a mi persona auxiliar?

No. La designación se hace de forma gratuita ante la Secretaría del Bienestar, sin notario ni intermediarios. Si alguien te cobra por ello, es fraude.

Te puede ayudar

Fuentes oficiales

La información de esta página está basada en fuentes oficiales del Gobierno de México:

Contacto e información oficial

Aviso: este es un portal informativo independiente y no oficial. Esta información es orientativa y no constituye asesoría legal; las reglas pueden cambiar. Verifica siempre en los canales oficiales del Gobierno de México y en tu Módulo del Bienestar.

¿Te sirvió esta guía? Compártela

Revisado y verificado por

Equipo Editorial de Tarjeta Bienestar MX

Redacción especializada en la Tarjeta Bienestar y los Programas para el Bienestar

Equipo editorial enfocado exclusivamente en la Tarjeta Bienestar y los Programas para el Bienestar. Cada guía se escribe en lenguaje claro y se verifica —antes de publicarse y en cada actualización— con fuentes oficiales del Gobierno de México (gob.mx/bienestar y Banco del Bienestar), para que resuelvas tus trámites sin filas, sin costos y sin fraudes.

Última actualización: Con base en fuentes oficiales del Gobierno de México

Información verificada con gob.mx/bienestar y bancodelbienestar.gob.mx — actualizado junio de 2026.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *