Consecuencias de seguir cobrando la pensión Bienestar de un fallecido (2026)
En resumen
La pensión es personal y termina con el fallecimiento; no se hereda. Seguir cobrándola después del deceso es un cobro indebido de recursos públicos y puede traer sanciones y responsabilidades legales, además de tener que devolver el dinero. Lo correcto es notificar el fallecimiento y dar de baja al beneficiario.
¿Por qué no se puede seguir cobrando?
La Pensión para el Bienestar apoya a la persona mientras vive. Al fallecer, el derecho se termina y el titular es dado de baja del padrón (de forma automática cuando su CURP aparece con estatus de defunción). El saldo que quede en la tarjeta no es herencia y no se puede reclamar; tampoco se pueden cobrar bimestres posteriores.

Qué consecuencias puede tener
- Devolución del dinero: los recursos cobrados indebidamente deben reintegrarse.
- Sanciones administrativas por parte de la autoridad.
- Responsabilidad legal: usar la tarjeta de una persona fallecida para cobrar apoyos puede considerarse un delito (fraude a recursos públicos).
- Baja definitiva del beneficiario y pérdida de cualquier apoyo asociado.
No se trata de asustar: la mayoría de las veces el problema surge por desconocimiento. Lo importante es actuar a tiempo y avisar a la Secretaría del Bienestar.

Qué hacer correctamente
- Notifica el fallecimiento a la Línea del Bienestar 800 639 4264 o en un Módulo del Bienestar, con el acta de defunción.
- Da de baja al beneficiario. Guía: dar de baja por fallecimiento.
- No uses la tarjeta del titular para cobrar apoyos.
- Si corresponde, la persona auxiliar puede solicitar el Pago de Marcha (dentro de los dos bimestres siguientes).
¿Y si ya cobré por error?
Si se depositó y se usó dinero después del fallecimiento sin saberlo, lo recomendable es aclararlo cuanto antes: acude a un módulo o llama a la Línea del Bienestar (800 639 4264), explica la situación y sigue las indicaciones para regularizar y devolver lo que corresponda. Actuar de buena fe y a tiempo siempre ayuda.
Cuidado con fraudes: nadie debe cobrarte por “arreglar” un cobro indebido, y el banco no pide tu NIP por teléfono. Haz los trámites solo por canales oficiales. Más en: fraudes más comunes 2026.
Qué hacer y qué evitar tras el fallecimiento
La diferencia entre regularizar la situación con tranquilidad y enfrentar un problema suele estar en unos pocos pasos. Esta tabla resume lo correcto frente a lo que conviene evitar.
| Qué hacer | Qué evitar |
|---|---|
| Notificar el fallecimiento a la Línea del Bienestar o en un módulo, con el acta de defunción. | Retirar dinero con la tarjeta del titular después del deceso. |
| Dejar de usar la tarjeta y resguardarla. | Cobrar bimestres posteriores a la fecha de fallecimiento. |
| Si hay persona auxiliar, solicitar el Pago de Marcha dentro del plazo. | Aceptar (ayuda) de terceros que se ofrecen a cobrar a cambio de una parte. |
| Conservar comprobantes de cualquier aclaración o devolución que hagas. | Dejar pasar el tiempo sin avisar pensando que (se arregla solo). |
Cómo regularizar un cobro hecho por error
Si un depósito llegó y se usó sin saber que el titular había fallecido, actuar de buena fe y a tiempo es lo que más ayuda. Estos son los pasos para ordenarlo.
- Reúne lo que tengas: acta de defunción, CURP del titular y comprobantes de los movimientos.
- Llama a la Línea del Bienestar (800 639 4264) o acude a un Módulo del Bienestar y explica la situación con honestidad.
- Sigue las indicaciones para reintegrar la cantidad que corresponda; pide que te informen el medio oficial de devolución.
- Guarda todo comprobante de la aclaración y la devolución por si lo necesitas más adelante.
Recuerda: los trámites para regularizar son gratuitos y se hacen solo por canales oficiales. Nadie ajeno a la Secretaría del Bienestar o al Banco del Bienestar debe pedirte dinero, tu NIP o tu tarjeta para (resolver) el asunto.
Preguntas frecuentes
¿Es delito cobrar la pensión de un familiar fallecido?
Puede serlo. Es un cobro indebido de recursos públicos y puede derivar en sanciones y responsabilidad legal, además de la obligación de devolver el dinero.
¿La pensión se hereda?
No. La pensión es personal y termina con el fallecimiento. El saldo de la tarjeta no se reclama como herencia.
¿Qué hago si ya cobré sin saber que no debía?
Acláralo cuanto antes en un módulo o por la Línea del Bienestar (800 639 4264), explica la situación y sigue las indicaciones para regularizar y devolver lo que corresponda.
¿Tengo que devolver el dinero cobrado de más?
Sí. Los recursos cobrados después del fallecimiento deben reintegrarse.
¿Cómo evito problemas tras un fallecimiento?
Notifica el deceso, da de baja al beneficiario y no uses su tarjeta para cobrar apoyos. Si hay persona auxiliar, puede solicitar el Pago de Marcha.
¿Puedo quedarme con el saldo que tenía la tarjeta?
No. Ese saldo no es heredable. El único apoyo reclamable es el Pago de Marcha, solo para la persona auxiliar registrada.
¿A dónde acudo para regularizar la situación?
A un Módulo del Bienestar o a la Línea del Bienestar (800 639 4264). Son los canales oficiales y los trámites son gratuitos.
¿Qué pasa si ya se cobró un apoyo después del fallecimiento?
Además de tener que devolverlo, ese cobro impide recibir el Pago de Marcha, que solo se entrega si la persona auxiliar no recibió ningún pago posterior a la fecha de fallecimiento.
¿Me pueden fincar responsabilidad si actué sin saber?
No es lo mismo un error de buena fe que un uso deliberado. Por eso lo importante es aclararlo cuanto antes en un canal oficial y devolver lo que corresponda; esto no es asesoría legal, ante un caso concreto consulta a la autoridad.
¿La baja del padrón borra la obligación de devolver?
No. La baja detiene los depósitos futuros, pero lo cobrado indebidamente sigue debiendo reintegrarse.
Te puede ayudar
- Pensión y fallecimiento — qué pasa con la pensión y el saldo.
- Dar de baja — el trámite paso a paso.
- Pago de Marcha — el único apoyo reclamable.
Fuentes oficiales
La información de esta página está basada en fuentes oficiales del Gobierno de México:
- Secretaría del Bienestar (gob.mx/bienestar)
- Programas para el Bienestar
- Acta de defunción (gob.mx/actas)
Contacto e información oficial
- Línea Bienestar (notificar y regularizar): 800 639 4264
- Banco del Bienestar (tarjeta y reporte): 800 900 2000
- Sitios oficiales: gob.mx/bienestar · programasparaelbienestar.gob.mx
Aviso: este es un portal informativo independiente y no oficial. Esta información es orientativa y no constituye asesoría legal; las reglas pueden cambiar. Verifica siempre en los canales oficiales del Gobierno de México y, ante un caso concreto, acude a tu Módulo del Bienestar.
Revisado y verificado por
Equipo Editorial de Tarjeta Bienestar MX
Redacción especializada en la Tarjeta Bienestar y los Programas para el Bienestar
Equipo editorial enfocado exclusivamente en la Tarjeta Bienestar y los Programas para el Bienestar. Cada guía se escribe en lenguaje claro y se verifica —antes de publicarse y en cada actualización— con fuentes oficiales del Gobierno de México (gob.mx/bienestar y Banco del Bienestar), para que resuelvas tus trámites sin filas, sin costos y sin fraudes.
Información verificada con gob.mx/bienestar y bancodelbienestar.gob.mx — actualizado junio de 2026.
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