Pensión Bienestar y fallecimiento (2026): qué pasa y cómo reclamar el Pago de Marcha
En resumen
Cuando el beneficiario fallece, la pensión termina y no se hereda; el saldo de la tarjeta tampoco se puede reclamar como herencia. La familia debe notificar el deceso (Línea del Bienestar 800 639 4264 y/o módulo, con el acta de defunción). El único apoyo reclamable es el Pago de Marcha: un pago único, solo para la persona auxiliar registrada, dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento.
¿Qué pasa con la pensión cuando el beneficiario fallece?
La Pensión para el Bienestar es un apoyo personal y para toda la vida del beneficiario: al fallecer, el derecho a la pensión se termina y no es heredable. Cuando la CURP del titular aparece con estatus de defunción, la baja del padrón se aplica de forma automática.
- El saldo que quede en la tarjeta no se puede reclamar como herencia.
- No se pueden cobrar bimestres atrasados ni posteriores a la fecha de fallecimiento.
- Lo único reclamable es el Pago de Marcha (más abajo).
Muy importante: seguir cobrando la pensión después del fallecimiento es un delito y puede derivar en sanciones y responsabilidades legales. Lo correcto es notificar el deceso y dejar de usar la tarjeta del titular. Si ya ocurrió un cobro indebido, conviene aclararlo; puedes ver nuestra guía sobre las consecuencias de cobrar la pensión de un fallecido.

Cómo notificar el fallecimiento: paso a paso
- Llama a la Línea del Bienestar al 800 639 4264 (lunes a viernes 8:00–21:00; fines de semana 9:00–19:00) o acude a un Módulo del Bienestar.
- Proporciona los datos del beneficiario fallecido y del auxiliar (nombre completo y CURP de ambos).
- Ten a la mano el acta de defunción (o constancia oficial de fallecimiento).
- Sigue las instrucciones que te darán para tramitar el Pago de Marcha y la baja del padrón.

El Pago de Marcha: qué es y a quién le toca
Es un apoyo económico único que entrega la Secretaría del Bienestar para ayudar con los gastos del fallecimiento. Solo se entrega a la persona auxiliar que el beneficiario registró en el Formato Único. Está disponible para la Pensión de Adultos Mayores, Personas con Discapacidad y Mujeres Bienestar.
El monto equivale a un mes de la pensión que recibía la persona (es decir, la mitad del depósito bimestral). Como referencia 2026:
| Programa | Pensión bimestral | Pago de Marcha (aprox.) |
|---|---|---|
| Adultos Mayores | $6,400 | ≈ $3,200 |
| Personas con Discapacidad | $3,300 | ≈ $1,650 |
| Mujeres Bienestar | $3,100 | ≈ $1,550 |
Confirma el monto: las cifras pueden ajustarse; el dato vigente lo dan en la Línea del Bienestar (800 639 4264) o en tu módulo. Más detalle en nuestra guía de Pago de Marcha.
Plazo y requisitos para reclamarlo
- Plazo: debes notificar dentro de los dos bimestres siguientes al fallecimiento. Si no se hace en ese periodo, se pierde el derecho al Pago de Marcha.
- Quién lo cobra: únicamente la persona auxiliar registrada.
- Documentos: identificación oficial del auxiliar y acta de defunción original (CURP de ambos).
- Condición: no haber cobrado pagos de la pensión después del fallecimiento.
Tras el trámite, el pago suele emitirse el siguiente bimestre.
¿No se había registrado a una persona auxiliar?
Si el beneficiario no registró a una persona auxiliar en el Formato Único, por regla general el Pago de Marcha no tiene destinatario válido; en casos especiales, el Comité Técnico del programa puede autorizarlo. Por eso es tan importante designar a una persona auxiliar desde el registro.
Cuidado con fraudes: nadie debe cobrarte por (gestionar) el Pago de Marcha, y el banco no pide tu NIP por teléfono. El trámite es gratuito por la Línea del Bienestar o en el módulo. Más en: fraudes más comunes 2026.
Preguntas frecuentes
¿La Pensión Bienestar se hereda?
No. La pensión es personal y termina con el fallecimiento del beneficiario; no es heredable y el saldo de la tarjeta no se reclama como herencia. Lo único reclamable es el Pago de Marcha.
¿Cuánto es el Pago de Marcha en 2026?
Equivale a un mes de la pensión (la mitad del depósito bimestral). Para Adultos Mayores ronda los $3,200; para Discapacidad, unos $1,650; y para Mujeres Bienestar, unos $1,550. Confirma el monto vigente en tu módulo.
¿Quién puede cobrar el Pago de Marcha?
Solo la persona auxiliar que el beneficiario registró en el Formato Único. Si no se registró auxiliar, por regla general no se puede reclamar, salvo casos especiales que valore el Comité Técnico.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamarlo?
Debes notificar el fallecimiento dentro de los dos bimestres siguientes al deceso. Pasado ese plazo se pierde el derecho al apoyo.
¿Cómo notifico el fallecimiento?
Llama a la Línea del Bienestar al 800 639 4264 o acude a un Módulo del Bienestar con el acta de defunción y la CURP del beneficiario y del auxiliar.
¿Qué pasa si sigo cobrando la pensión del fallecido?
Es un delito y puede derivar en sanciones y responsabilidades legales. Lo correcto es notificar el deceso y dejar de usar la tarjeta del titular.
¿El Pago de Marcha tiene costo?
No. Es gratuito y se tramita por la Línea del Bienestar o en el módulo. Nadie debe cobrarte por gestionarlo.
Te puede ayudar
- Pago de Marcha — qué es, montos y cómo solicitarlo.
- Persona auxiliar — clave para reclamar el apoyo.
- Dar de baja por fallecimiento — el trámite paso a paso.
Más sobre este tema: cómo asegurar la pensión en caso de fallecimiento y el proceso tras el fallecimiento de un beneficiario mayor de 65 años.
Fuentes oficiales
La información de esta página está basada en fuentes oficiales del Gobierno de México:
- Pago de Marcha (Programas para el Bienestar)
- Secretaría del Bienestar (gob.mx/bienestar)
- Acta de defunción (gob.mx/actas)
Contacto e información oficial
- Línea Bienestar (notificar fallecimiento y Pago de Marcha): 800 639 4264
- Banco del Bienestar (tarjeta y reporte): 800 900 2000
- Sitios oficiales: gob.mx/bienestar · programasparaelbienestar.gob.mx
Aviso: este es un portal informativo independiente y no oficial. Montos, plazos y reglas pueden cambiar; verifica siempre los datos vigentes en los canales oficiales del Gobierno de México y en tu Módulo del Bienestar antes de realizar cualquier trámite.
Revisado y verificado por
Equipo Editorial de Tarjeta Bienestar MX
Redacción especializada en la Tarjeta Bienestar y los Programas para el Bienestar
Equipo editorial enfocado exclusivamente en la Tarjeta Bienestar y los Programas para el Bienestar. Cada guía se escribe en lenguaje claro y se verifica —antes de publicarse y en cada actualización— con fuentes oficiales del Gobierno de México (gob.mx/bienestar y Banco del Bienestar), para que resuelvas tus trámites sin filas, sin costos y sin fraudes.
Información verificada con gob.mx/bienestar y bancodelbienestar.gob.mx — actualizado junio de 2026.
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